miércoles, 26 de septiembre de 2012

Concesión de crédito

Concesión de crédito:
  Cuando el depto. debe, de inmediato, verificar los antecedentes que en ella se señala, consultando, ademas los informes del solicitando y su capital a los bancos que correspondan.
  Si comprobamos los antecedentes y ratificado el capital del solicitante, la empresa decide otorgar el crédito, es necesario que esta determinación se comunique por escrito.
  1. Informar sobre el crédito otorgado, plazo e intereses.
  2. Indicar condiciones o garantías tales como: letras y pagares, que debe cumplir el solicitante para hacer uso del crédito otorgado.                                                       








No hay comentarios:

Publicar un comentario